Contrato Locativo Inmobiliario Comercial O Civil De ...(Casa; Departamento; Depósito; Fábrica; Galpón; Vivienda; ...) Amoblado

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CONTRATO DE LOCACIÓN INMOBILIARIA. Preliminar (A- Partes) Entre el Sr. ... (DNI. ...), domiciliado en ..., en adelante denominado «LOCADOR» por una parte y el Sr. ... (DNI. ...), domiciliado en ..., en adelante denominado «LOCATARIO», por la otra parte, celebran este CONTRATO DE LOCACIÓN DE FINCA TIPO ...(... AMOBLADA), ALQUILER EN ...(PESOS; DÓLARES DE LOS E.U.A.), sujeto a las declaraciones y estipulaciones (cláusulas) siguientes: Primera (1- Objeto) 1- El LOCADOR da en locación al LOCATARIO la ...(unidad ..., del edificio en propiedad horizontal ubicado en ...; propiedad tipo ... ubicada en ...>), más adelante denominada «FINCA LOCADA». 2- La FINCA LOCADA está compuesta principalmente por las partes siguientes: ...(ambientes; baños; cocina; espacios; naves; playas; salones; etc.) 3- Se entrega con todo su moblaje, según el detalle ...(insertado; a insertar) en el Inventario y Avalúo, que ...(firman las partes y se agrega; firmarán las partes contra entrega de la FINCA LOCADA y se agregará) al presente contrato integrándolo como Anexo ... 4- Tanto la FINCA LOCADA como sus accesorios y moblaje se ...(entregan; entregarán) en perfecto estado de conservación y funcionamiento, con todas sus instalaciones. 5- Al desocupar devolverá el LOCATARIO todo en similar estado al recibido, salvo deterioros con “buen uso” y por el transcurso del tiempo, caso contrario responderá por los daños y perjuicios, que involucran reparar lo averiado, reponer lo faltante más los alquileres perdidos, por el lapso de reparaciones. Segunda (2- Destino) 1- La FINCA LOCADA sólo podrá destinarse a ... 2- Están prohibidas cualesquiera sublocaciones y/o transmisiones, parciales o totales, transitorias o permanentes, gratuitas u onerosas y en general, a todo título y el cambio del destino. 3- Caso contrario responderá con una Cláusula Penal de ..., por cada violación a ésta. Tercera (3- Alquiler) El ALQUILER mensual será de ..., a pagarse por período adelantado, del ... al ... de cada mes, en la dirección ... o en cualquiera otra, a elección del LOCADOR, en los límites políticos de ..., en el horario de ... a ... Cuarta (4- Demora) Ante el impago en plazo del ALQUILER, el LOCATARIO deberá pagar al LOCADOR una Cláusula Penal de ... por cada día de demora y dará derecho al segundo a incoar acción de desalojo, preintimación a pagar la suma adeudada en el plazo de diez (10) días corridos. Quinta (5- Plazo) 1- El plazo total de este contrato, será de ... (...) meses, comenzando el .../.../200... y finalizando el .../.../200..., a las 12 horas (A. M.), sin obligación de notificar que fenece. 2- Al vencimiento del plazo será obligación del LOCATARIO restituir la FINCA LOCADA, sin interpelación alguna, caso contrario deberá pagar al LOCADOR, como Cláusula Penal la cantidad de ... por día, exigible por adelantado y hasta la devolución de la FINCA LOCADA en perfectas condiciones, pactándose para su cobro «el procedimiento judicial ejecutivo». 3- La Cláusula Penal por irrestitución de la FINCA LOCADA, es independiente de la obligación de pagar el ALQUILER y del derecho de accionar, que tendrá el LOCADOR singular o pluralmente, por incumplimientos del LOCATARIO. 4- En todos los casos de incumplimientos de obligaciones con plazo, la caída en mora será automática, sin necesidad preinterpelación alguna. 5- Para preparar «el procedimiento judicial ejecutivo», bastará este contrato, acta de constatación notarial del hecho o acto y liquidación por contador, certificando el monto de la Cláusula Penal que corresponda. Sexta (6- Intereses) 1- Los pagos fenecido el plazo devengarán un interés acumulativo, en carácter de punitorio; a tasa flotante o variable y capitalización semanal, que se realizará junto a la fijación de la tasa, el primer día hábil de cada semana. 2- El interés aplicable, será el doble del fijado por el ...(BBVA Francés; Bansud S.A.; Citibank NA; Ciudad de Bs. As.; Credicoop Coop. Ltdo.; de Galicia y Bs. As.; de la Nación Argentina; de la Pcia de Bs. As.; de la Pcia. de Córdoba; de Santa Fe S.A.; Hipotecario S.A.; Itaú Buen Ayre S.A.; LLoyds Bank Ltd.; Nazionale del Lavoro S.A.; Santander S.A.; Societe Generale; Sudameris; The First Nat. Bank Boston; ...) o el reemplazante, en sus tasas activas para descubiertos en cuenta corriente. 3- Las tasas aplicables a cada período, serán las del inmediato anterior. Séptima (7- Mejoras) 1- Queda prohibida toda modificación y/o mejoras en la FINCA LOCADA. 2- El LOCATARIO libera al LOCADOR de pagar cualesquiera mejoras, así fueren necesarias y/o urgentes y las toma a su cargo. 3- También el LOCATARIO pagará la reparación (el arreglo) de todas las averías que acaecieren, renunciando a todo derecho de repetición y/o retención, contra el LOCADOR y las dejará en beneficio de la FINCA LOCADA, sin indemnización alguna. Octava (8- Daños) 1- Queda liberado el LOCADOR por los daños y perjuicios que padezca el LOCATARIO o terceros en sus personas y/o bienes, originadas por (por causa de) accidentes, averías, cortocircuitos, derrumbes, desperfectos, filtraciones, incendios, inundaciones, roturas, y/o cualesquiera causas, incluyendo las enunciadas en el artículo 1517 del Código Civil, ya que el LOCATARIO las toma a su cargo como riesgo propio, incluso «el caso fortuito» y «la fuerza mayor», quedando eximido el LOCADOR de las obligaciones impuestas por los artículos 1514 a 1526 del Código Civil. 2- Queda prohibido al LOCATARIO depositar materiales o residuos inflamables, tóxicos y/o peligrosos en la FINCA LOCADA. Novena (9- Cargas) 1- Queda a cargo del LOCATARIO el pago de las obligaciones siguientes: a) las «expensas comunes» de la propiedad horizontal, tanto (ya sean) ordinarias y/o extraordinarias; b) las contribuciones, impuestos, tasas y tributos, sean municipales, provinciales o nacionales, que gravaren la FINCA LOCADA y la actividad a desarrollar; c) las tasas o consumos, por servicios de agua corriente y desagües cloacales; d) los servicios de electricidad, gas y telefonía deberá gestionarlos el LOCATARIO ante las empresas prestadoras, para que sean facturados a su nombre. 2- La FINCA LOCADA tiene el servicio telefónico Nº ... y si por culpa del LOCATARIO se perdiera esta línea, deberá pagar al LOCADOR y como Cláusula Penal, la suma de .... 3- Todas las obligaciones del LOCATARIO, subsistirán hasta la restitución de la FINCA LOCADA con la conformidad del LOCADOR. 4- Aceptará el LOCATARIO los sistemas punitivos de la morosidad por los impagos en plazo, que sean implantados por el Consorcio de Propietarios, por las prestadoras de servicios o entes recaudadores de tasas y gravámenes. 5- Cuando el LOCADOR pagare alguno, el LOCATARIO deberá reintegrarle el monto abonado más intereses desde el día que pagó el primero. 6- Sobre ese monto se aplicará un interés mensual, del doble de las tasas activas para descubiertos en cuenta corriente, cobradas por el ...(BBVA Francés; Bansud S.A.; Citibank NA; Ciudad de Bs. As.; Credicoop Coop. Ltdo.; de Galicia y Bs. As.; de la Nación Argentina; de la Pcia de Bs. As.; de la Pcia. de Córdoba; de Santa Fe S.A.; Hipotecario S.A.; Itaú Buen Ayre S.A.; LLoyds Bank Ltd.; Nazionale del Lavoro S.A.; Santander S.A.; Societe Generale; Sudameris; The First Nat. Bank Boston; ...). 7- El LOCATARIO deberá entregar al LOCADOR todos los comprobantes del pago de estas obligaciones, junto a los alquileres y contra recibo detallado, caso contrario se considerará impago. Décima (10- Depósito en garantía) 1- Para garantizar el pago inmediato de obligaciones del LOCATARIO y hasta restituir la FINCA LOCADA y las sumas dinerarias a su cargo, éste entrega al LOCADOR en calidad «Depósito Dinerario en Garantía», la cantidad de ..., que no devengará intereses y es recibida por el segundo, sirviendo el presente de suficiente recibo. 2- Tendrá derecho el LOCADOR a retener del Depósito de Dinerario Garantía, las sumas adeudadas por esta locación, sean a él mismo o a terceros. 3- Se prohíbe al LOCATARIO imputar el Depósito Dinerario en Garantía al pago de alquileres, expensas, tributos, servicios y en general a cualesquiera obligaciones, anteriores a la restitución pacífica de la FINCA LOCADA. Undécima (11- Fiador) Asume como FIADOR Principal Pagador (sin los beneficios de excusión y división), el Sr. ... (DNI. ...), domiciliado en ..., titular del ... % del dominio de las fincas ..., por todas las obligaciones que el LOCATARIO o nazcan derivadas de esta Locación y hasta su restitución al LOCADOR y pagadas todas sus deudas. Duodécima (12- Constitución de domicilios) 1- Quedan constituidos los domicilios especiales y donde valdrán todas las notificaciones derivadas del presente contrato, sean extra o judiciales, que seguidamente se establecen: a) El LOCATARIO en la FINCA LOCADA; b) El LOCADOR en ... 2- Las partes aceptan que para las notificaciones extrajudiciales, se use la Carta Documento del Correo Argentino y/o la entrega de carta original, contra firma de la copia por el destinatario, sin más formalidades y con obligación recíproca de recibirlas. Decimotercia (13- Litigio) 1- Para el caso de litigio (proceso judicial controvertido), ambas partes se someterán a la competencia judicial, de los tribunales ordinarios de ..., renunciando a cualesquiera otras que pudiesen corresponderles. 2- También renuncian al derecho procesal de «recusación sin expresión de causa», del juez que deba entender, en caso de litigio. Decimocuarta (14- Sellado o timbre) 1- Cuando el impuesto de sellos gravare este contrato, será pagado por ...(...; las partes en mitades; ...). <<>> 2- Las partes denuncian un monto contractual de $ ... Decimoquinta (15- Ejecución de penalidades) Cualesquier incumplimientos contractuales del LOCATARIO, darán derecho al LOCADOR también a incoar ejecución (ejecutar) las cláusulas penales generales y especiales previstas. Decimosexta (16- Firmas e Instrumentación) Se firman ... (...) juegos de ejemplares iguales, del mismo tenor y a un solo efecto del presente contrato y el Anexo ..., recibiendo un ejemplar cada parte. Decimoséptima (17- Lugar y fecha) Celebrado en ..., el día ... del mes de ... del año 200... <<, recordemos que para las demás los mínimos irrenunciables son: comercio 3 años y vivienda 2 años.>>>
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