Mandato (Poder) Irrevocable Para Venta

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PODER ESPECIAL: ...(NOMBRE) A FAVOR DE ...(NOMBRE). Escritura Número ... En la ciudad de ..., el día ... del mes de ... del año dos mil ..., ante mí ..., escribano autorizante, titular del Registro Notarial número ... de esta ciudad, COMPARECE POR UNA PARTE ...(nombres y apellido), quien manifiesta ser de nacionalidad ..., nacido el ..., de estado civil ..., hijo de ... y de ..., titular del Documento Nacional de Identidad número ..., CUIT ... Y POR OTRA PARTE ...(nombres y apellido), quien manifiesta ser de nacionalidad ..., nacido el ..., de estado civil ..., hijo de ... y de ..., titular del Documento Nacional de Identidad número ..., CUIT ..., dando fe de conocimiento en los términos del artículo 1001 del Código Civil, por haberlos así individualizado y los comparecientes intervienen todos por sus propios derechos, Y DICEN que ... otorga PODER ESPECIAL IRREVOCABLE por el término de ... (días; meses; años), a favor de don/ña ..., para que en su nombre y representación y con relación a la finca tipo ..., número, ubicada en el piso ..., del edificio sito en la ciudad de ..., Partido de ..., Provincia de ..., con frente a números ... al ..., entre las calles ... y ...; con una superficie total de ... metros con ... centímetros cuadrados; nomenclatura catastral; circunscripción ..., sección ..., manzana ..., parcela ..., subparcela ..., polígono ..; partida ...; plano «P.H. ...»; y dominio número ..., legajo especial ..., del ... de ... de 200...; pueda realizar los siguientes actos jurídicos: a) constituir gravámenes hipotecarios por el monto, intereses, plazos y demás condiciones que se le exijan, inclusive bajo «Régimen especial de ejecución de hipotecas», previsto en el artículo 52 de la ley nacional 24.441; b) permutar, ceder o dar en pago, con las cláusulas que convengan a sus intereses; c) darlo en locación por el tiempo, condiciones, monto y demás resguardos que sean necesarios; d) transmitir el dominio a favor de la o las personas físicas o jurídicas que resulten compradoras, por el precio, condiciones y demás que pacte, al contado o a plazos, asegurando o no con hipoteca el saldo del precio aplazado y suscribir en su oportunidad las amortizaciones, los servicios de intereses o cancelaciones por escritura pública que fueren menester.- Al efecto la faculta, para que firme los documentos privados, recibos, cartas de pago y escrituras públicas que fueren necesarias; otorgue recibos; perciba los importes de dinero resultantes de las operaciones que realice; otorgue la posesión material del inmueble; lo desista, quite y aparte de los derechos de propiedad, posesión y dominio; lo obligue por la evicción y saneamiento, con arreglo a derecho; abone los impuestos, contribuciones, tasas u honorarios emergentes de dichas operaciones; exija los recibos del caso; y finalmente para que practique cuantos más actos, gestiones y diligencias sean necesarios y conducentes para el mejor desempeño del presente mandato, a cuya validez se obliga el otorgante, con arreglo a derecho.- El autorizante deja constancia que, la irrevocabilidad está dada en razón de existir convenio privado de disolución de sociedad conyugal, entre mandante y mandataria, no obstante no haberse iniciado el juicio de divorcio necesario.- PREVIA LECTURA Y RATIFICACIÓN, así la otorga y firma, por ante mí, doy fe.-
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